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Autorización de regreso: viajar con la TIE o la residencia en trámite

Cuándo necesitas la autorización de regreso para salir de España con la renovación en trámite, cómo pedirla con el EX-13, dónde, su tasa y sus 90 días de vigencia.

Redacción PapeleoYaActualizado el 5 min de lectura

En resumen

La autorización de regreso es el documento que te permite salir de España y volver cuando tu residencia o estancia está en renovación o prórroga, o cuando has perdido una TIE en vigor y pediste el duplicado. Se solicita con el formulario EX-13 y la tasa 790-012 en una oficina de extranjería o dependencia policial. Dura un máximo de 90 días, con entradas y salidas sin límite, y solo vale para entrar por pasos fronterizos españoles.

En esta página

Cuándo la necesitas y cuándo no

La regula el artículo 5 del Reglamento de Extranjería. Mira primero en qué caso estás:

Tu situación¿Autorización de regreso?
TIE en vigor, aunque ya hayas pedido la renovaciónNo hace falta para ese viaje: viajas con la tarjeta mientras siga vigente
TIE caducada y renovación presentada en plazoSí, es tu caso típico
TIE en vigor robada, perdida, destruida o inutilizadaSí, acreditando que pediste el duplicado
Primera solicitud concedida y necesitas viajar antes de tener la tarjetaSolo si acreditas una situación de necesidad y razones excepcionales
Primera solicitud aún sin resolverEl artículo 5 no lo contempla
Permiso caducado sin haber pedido la renovaciónNo: el requisito es haber iniciado la renovación dentro del plazo legal

"En plazo" incluye los dos meses anteriores a la caducidad y, en las renovaciones que lo prevén, los tres meses posteriores (por ejemplo, artículos 64.1 y 80.1 del reglamento).

Hay un caso gris: que te hayan concedido ya la renovación y solo estés esperando la tarjeta. El artículo 5 habla de autorización "en periodo de renovación o prórroga" y no menciona este momento. Pregunta en tu oficina o comisaría antes de comprar billetes.

Cómo se cuentan los 90 días

Es el punto que más confunde, porque el plazo no siempre empieza el día que te la dan.

Cuándo la pidesDesde cuándo cuenta
Antes de que caduque tu autorizaciónHasta 90 días desde la fecha de caducidad
Después de que caduqueHasta 90 días desde que te la conceden

Ejemplo · Dos personas, dos fechas

Tu TIE caduca el 10 de marzo de 2027. Si pides la autorización el 1 de marzo, su vigencia máxima llega hasta 90 días después del 10 de marzo. Si la pides el 20 de marzo y te la conceden el 25, cuentan 90 días desde el 25 de marzo.

Durante esos días puedes entrar y salir las veces que necesites con el mismo documento (artículo 5.5). Comprueba siempre la fecha impresa en tu autorización, porque 90 días es el máximo, no una cifra garantizada.

Cómo pedirla, paso a paso

La ficha de la Policía Nacional fija la gestión como presencial y personal:

  1. Rellena el formulario EX-13, disponible en los modelos oficiales.
  2. Paga la tasa 790 código 012 en un banco y conserva el justificante.
  3. Prepara la prueba de tu caso: el justificante de la renovación o prórroga presentada, o el de la solicitud del duplicado de la TIE. Lleva también pasaporte y tarjeta si la tienes.
  4. Presenta todo en una oficina de extranjería o dependencia policial.

La Policía solo enumera el formulario y la tasa como documentación; la prueba del punto 3 viene del requisito de acreditación del artículo 5.1. Puede haber diferencias entre oficinas, así que confirma en la tuya qué documentos piden y si necesitas cita previa. Lleva copias de todo.

Pueden concederla el Delegado o Subdelegado del Gobierno, el Comisario General de Extranjería y Fronteras y los titulares de comisarías y puestos fronterizos.

Tres cosas que pueden arruinarte el viaje

Volver por otro país. La autorización de regreso solo es válida para entrar por pasos fronterizos habilitados españoles (artículo 5.6). Si tu vuelta hace escala en otro aeropuerto Schengen, ahí estarías entrando por otro Estado. Busca un vuelo con entrada directa en España.

Dejarla para el último día. No hay en la ficha un plazo garantizado de entrega y, si no resuelven en plazo, el efecto es desestimatorio: el silencio juega en tu contra. Tampoco es seguro que te la den, porque el artículo dice "se podrá expedir". Evita comprar billetes no reembolsables antes de tenerla.

Pasarte de la vigencia. Si vuelves después de la fecha, el documento ya no te sirve. Planifica la vuelta con margen y ten en cuenta los posibles retrasos o cancelaciones del vuelo.

Si el viaje es urgente

Cuando el viaje responde a una situación de necesidad, la autorización se tramita con carácter preferente (artículo 5.2). Ni el reglamento ni la Policía definen qué es necesidad ni qué papeles exigen, así que aporta lo que demuestre el motivo: un informe médico, un certificado de defunción o la documentación que corresponda. Explica en la oficina la fecha en que necesitas salir.

Para quien tiene una primera autorización ya concedida pero sin tarjeta, el artículo 5.3 solo abre la puerta con necesidad y razones excepcionales. La vigencia máxima es también de 90 días desde la concesión.

Después de volver

La autorización de regreso no renueva nada: tu expediente sigue su curso. Mira cómo va en el estado de tu expediente y, si te llega un requerimiento mientras estás fuera, contéstalo en plazo. Cuando tengas la resolución favorable, pide la nueva TIE en el mes siguiente a la notificación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo salir de España con la renovación en trámite?

Sí, pero si tu TIE ya ha caducado necesitas una autorización de regreso para volver. Tienes que acreditar que iniciaste la renovación dentro del plazo legal.

¿Sirve el resguardo de la renovación para volver a España?

El reglamento prevé la autorización de regreso para este caso, y es el documento que debes pedir. No confíes en el resguardo de la renovación como documento de viaje para regresar.

¿Cuánto dura la autorización de regreso?

Un máximo de 90 días, contados desde la caducidad si la pides antes de esa fecha, o desde la concesión si la pides después. En ese tiempo puedes entrar y salir sin límite con el mismo documento.

¿Puedo volver por Francia o por otro país Schengen?

No con este documento: el reglamento dice que solo es válido para entrar por pasos fronterizos habilitados españoles. Organiza la vuelta con entrada directa en España.

¿Qué hago si pierdo la TIE antes de un viaje?

Pide primero el duplicado y luego la autorización de regreso con el justificante de esa solicitud. Esta vía es para tarjetas en vigor robadas, perdidas, destruidas o inutilizadas.

Fuentes

  1. Policía Nacional: autorización de regreso (sede electrónica)
  2. BOE: Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024 (texto consolidado), art. 5
  3. Ministerio de Inclusión: modelos de solicitud (EX-13)

Fuentes consultadas el 31 de octubre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.

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