Trámite de extranjería · requisitos
Renovación del arraigo: cómo pasar a la residencia de 4 años
El permiso de arraigo dura 1 año. Lo que hagas en los meses antes de que caduque decide si pasas a 4 años de residencia y trabajo o vuelves a empezar.
Actualizado el 24 de octubre de 2026 · actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026
Requisitos en resumen
- Tener en vigor (o en plazo de renovación) una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de 1 año.
- Para la residencia y trabajo de 4 años: un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia.
- En las renovaciones se valora el esfuerzo de integración.
- Si todavía no tienes contrato ni actividad, existe una única prórroga de 1 año.
- Pasaporte en vigor.
Denegaciones más frecuentes
- · Presentar fuera de plazo, con la tarjeta ya caducada.
- · Contrato que no cumple las condiciones o empresa que no está al corriente.
- · Actividad por cuenta propia sin alta en la Seguridad Social o sin ingresos que la sostengan.
- · Pagar la tasa con el código equivocado.
Tasas (modelo 790)
- 790-052 · Renovación de la autorización de residencia16,40 €
- 790-062 · Autorización de trabajo por cuenta ajena: renovación / modificación81,54 €
- 790-012 · TIE: renovación de la tarjeta19,30 €
Total orientativo 117,24 €. Genera el 790 en la sede antes de pagar.
Plazo
Variable por provincia. Lo importante es presentar dentro del plazo de renovación: presentar tarde puede dejarte en situación irregular.
Duración del permiso
Autorización de residencia y trabajo de 4 años; la prórroga del arraigo, si procede, es de 1 año más.
Tu checklist de renovación del arraigo y paso a residencia de 4 años
Responde 6-8 preguntas: tu lista exacta de documentos, cuáles llevan apostilla y traducción jurada, la tasa y los pasos, en PDF. Vista previa gratis.
Empezar gratisPor qué este trámite importa tanto en 2027
La regularización extraordinaria cerró el 30 de junio de 2026 con 1.174.978 solicitudes, según el balance del Gobierno (el 79,6% por la vía de arraigo extraordinario, con posibles duplicados). Las autorizaciones que se conceden son de residencia y trabajo de 1 año. Eso significa que, a partir de mediados de 2027, cientos de miles de personas tendrán que renovar o modificar su permiso en un periodo corto. A eso se suman los arraigos ordinarios concedidos con el reglamento de 2025.
Si eres una de esas personas, la preparación con meses de antelación es lo que marca la diferencia. Las oficinas estarán saturadas y los errores se pagan con tiempo. Tenemos una guía específica sobre la renovación de la regularización en 2027.
Las dos salidas posibles
Cuando se acerca el final del año de arraigo, hay dos caminos:
| Tu situación | Qué pides | Duración |
|---|---|---|
| Tienes contrato de trabajo | Modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena | 4 años |
| Trabajas como autónomo | Modificación a residencia y trabajo por cuenta propia | 4 años |
| No tienes contrato ni actividad | Prórroga única del arraigo | 1 año |
Según la información del SAIER de Barcelona, todas las autorizaciones de circunstancias excepcionales admiten una sola prórroga de 1 año, pero la mayoría de personas pasan directamente a la autorización de 4 años. La prórroga es un salvavidas, no un plan: durante ese año extra necesitas conseguir contrato o actividad.
Ejemplo · Dos casos
Fátima obtuvo el arraigo sociolaboral en septiembre de 2026 y sigue en la misma empresa. En junio de 2027 reúne su contrato, la vida laboral y los certificados de la empresa, y pide la modificación a residencia y trabajo de 4 años.
Iván obtuvo el permiso de la regularización, pero perdió su empleo en primavera. Pide la prórroga de 1 año con prueba de medios y usa ese tiempo para encontrar trabajo. En 2028 podrá pedir la modificación.
Requisitos
Para la residencia y trabajo de 4 años, el requisito central es tener un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia real. En las renovaciones, además, la Administración valora el esfuerzo de integración: cursos de castellano, formación, participación social. No siempre es obligatorio aportar pruebas, pero suman.
Si eres asalariado, la empresa también cuenta: debe estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. Si eres autónomo, necesitas el alta en el régimen de autónomos, el alta censal y las declaraciones al día.
Documentos habituales
- Formulario oficial de modificación o de prórroga, descargado de la sede.
- Pasaporte en vigor y copia de tu TIE actual.
- Contrato firmado y certificados de la empresa, o documentación de autónomo.
- Informe de vida laboral.
- Pruebas de integración.
- Empadronamiento actual.
- Justificantes de las tasas.
A diferencia del arraigo inicial, en este trámite rara vez hacen falta documentos extranjeros nuevos. Si te piden alguno (por ejemplo, un certificado de tu país para un familiar), recuerda que necesitará apostilla y traducción jurada.
Tasas
Según las tablas publicadas para 2026, la renovación de la residencia (modelo 790-052) cuesta 16,40 € y la autorización de trabajo por cuenta ajena en renovación o modificación (modelo 790-062) cuesta 81,54 €. La renovación de la TIE (modelo 790-012) cuesta 19,30 €. Según la vía, puede corresponder una de las dos primeras tasas o las dos: confírmalo en el generador oficial. La calculadora de tasas de extranjería te da el total orientativo.
El plazo: lo que no puedes dejar pasar
El error más caro es presentar tarde. Si la tarjeta caduca y no has presentado en el plazo de renovación que marca la sede, puedes quedar en situación irregular. El reglamento previó para estos casos el arraigo de segunda oportunidad, pero esa vía excluye los permisos de circunstancias excepcionales: quien venga de un arraigo no puede contar con ella, y lo prudente es asumir lo mismo para la autorización de la regularización. Por eso conviene empezar a reunir documentos tres o cuatro meses antes de la caducidad.
Esta página está actualizada con RD 316/2026 y STS 868/2026. Si tu situación tiene complicaciones (cambio de empleador en mitad del trámite, cotizaciones con huecos, antecedentes recientes), valora consultar a un profesional del directorio de abogados de extranjería.
Fuentes
- La Moncloa: balance de la regularización extraordinaria (2 de julio de 2026)
- La Moncloa: preguntas frecuentes sobre la regularización extraordinaria
- Ajuntament de Barcelona (SAIER): preguntas frecuentes sobre arraigo, junio 2025
- BOE: Real Decreto 316/2026, de 14 de abril
Revisado el 24 de octubre de 2026, actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026.
PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.
Preguntas frecuentes
¿El arraigo se renueva automáticamente?
No. Tienes que presentar una solicitud de modificación a residencia y trabajo o, si no tienes contrato ni actividad, de prórroga. Si no presentas a tiempo, puedes quedar en situación irregular.
¿Qué necesito para la residencia de 4 años?
Un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia real. En las renovaciones también se valora el esfuerzo de integración, por ejemplo cursos de castellano o formación.
¿Y si no tengo trabajo cuando caduca el arraigo?
Puedes pedir una única prórroga de 1 año, aportando prueba de medios. Durante ese año necesitas conseguir contrato o actividad para pasar después a los 4 años.
¿Cuánto cuestan las tasas?
Según las tablas publicadas para 2026: 16,40 € la renovación de residencia (790-052), 81,54 € la de trabajo por cuenta ajena (790-062) y 19,30 € la renovación de la TIE (790-012). Confirma en el generador oficial qué tasas corresponden a tu vía.
¿Sirve el arraigo de segunda oportunidad si se me pasa el plazo?
No si tu permiso era un arraigo, porque esa vía excluye las autorizaciones de circunstancias excepcionales, y lo prudente es asumir lo mismo para la autorización de la regularización. Por eso es tan importante presentar antes de la caducidad.
Prepara tu renovación del arraigo y paso a residencia de 4 años sin errores
Checklist personalizado con tus documentos, apostillas, traducciones, tasa 790 y pasos. 29 €, IVA incluido.