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Certificado de antecedentes penales en España para extranjeros

Cómo pide un extranjero en España el certificado del Registro Central de Penados: online con Cl@ve, en persona o por correo, tasa, plazos, apostilla y traducción.

Redacción PapeleoYaActualizado el 6 min de lectura

En resumen

El certificado español lo expide el Ministerio de Justicia y acredita lo que consta en el Registro Central de Penados. Un extranjero en España puede pedirlo online con Cl@ve, en persona o por correo, con el modelo 790 código 006, cuya tasa es de 3,86 € según el Ministerio. Si lo vas a usar fuera, marca la apostilla al solicitarlo y pregunta en destino si piden traducción. Es distinto del certificado de tu país de origen.

En esta página

Qué certificado es y cuál no

El certificado de antecedentes penales acredita si hay o no antecedentes en el Registro Central de Penados en la fecha en que se expide. Solo refleja ese registro español. Ten cuidado con tres confusiones:

  • No es el de tu país de origen. Para extranjería y nacionalidad suelen pedir el de tu país, con otro procedimiento: lo explicamos en antecedentes penales por país.
  • No habilita para trabajar con menores. Para eso existe el certificado de delitos de naturaleza sexual.
  • Quizá no lo necesites. Cuando un organismo público te lo pide, tienes derecho a autorizarle a consultar tu información en lugar de pedirlo tú. En la nacionalidad, por ejemplo, el Ministerio lo consulta si lo autorizas en la solicitud (art. 7.2 de la Orden JUS/1625/2016).

Si solo quieres saber qué consta sobre ti, puedes verlo sin pagar, identificándote y pidiendo el acceso por exhibición. Con certificado digital también puedes consultar la ausencia de antecedentes en Carpeta Ciudadana.

Tres formas de pedirlo

VíaQué necesitasCuándo lo tienes
OnlineCl@ve y pago electrónicoNormalmente en el momento; si no, a las 24 horas y en general no más de 3 días hábiles
En personaModelo 790, identificación y tasa pagadaNormalmente en el momento; en general no más de 3 días hábiles
Por correoModelo 790, copias compulsadas, tasa pagada y autorización de envíoEn general no más de 3 días hábiles desde que lo reciben

La Administración tiene un plazo legal de 10 días hábiles para expedirlo.

Online

Entra en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en "Solicitud de certificado de Antecedentes Penales para personas físicas o jurídicas":

  1. Identifícate con Cl@ve o con tu certificado digital.
  2. Acepta la verificación de identidad y rellena teléfono y correo.
  3. Paga la tasa por la pasarela de la Agencia Tributaria.
  4. Elige la finalidad y, si lo usarás fuera, marca la opción de apostilla.
  5. Descarga el certificado o guarda el número de solicitud para descargarlo después.

El sistema comprueba tu identidad con la Dirección General de la Policía. Si no puede emitirlo, te lo comunicará y podrás usar la vía presencial. El certificado lleva un código CSV que permite a quien lo reciba verificarlo.

En persona

La ficha presencial del Ministerio admite la solicitud en:

  • Cualquier oficina de registro de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas o de entidades locales con oficina integrada.
  • La Oficina Central de Atención al Ciudadano en Madrid.
  • Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en el resto de comunidades.

La ficha remite al servicio de cita previa. Llevas el modelo 790, el justificante de pago y el original o fotocopia compulsada de tu identificación en vigor: Tarjeta de Residencia, pasaporte, carnet de conducir español o documento comunitario, siempre que permita identificarte con tus datos de filiación. No hace falta tener Cl@ve ni certificado digital.

Por correo

Envía a la Gerencia Territorial, o a la Sección de Antecedentes Penales de la Oficina Central si estás en Madrid, el formulario, el pago y fotocopias compulsadas o cotejadas de tu identificación. Incluye una autorización para que te lo envíen por correo postal o electrónico. No te lo pueden mandar por correo electrónico si necesita legalización diplomática o lleva adjunta información de otro Estado de la UE.

Si lo pide otra persona

Tu representante necesita su identificación, la tuya y un documento que acredite la representación: público ante notario, privado con firmas legitimadas por notario o privado otorgado por ti ante un empleado público. Las personas de otra nacionalidad no pueden pedirlo en embajadas o consulados de España, según indica el Consulado en Londres.

Si eres ciudadano de otro país de la UE

Se piden también tus antecedentes a tu país, y el resultado se adjunta al certificado español. Ese país tiene 20 días hábiles para responder, y la sede fija un máximo de 30 días naturales. Pídelo con margen.

La tasa y qué pasa si te equivocas

Es el modelo 790 código 006. El Ministerio indica 3,86 €. Paga la cantidad exacta: si pagas mal, el banco no puede devolverlo y tendrás que abrir un expediente de devolución de ingresos indebidos.

¿Cuánto tiempo vale?

Las fichas del Ministerio no fijan un plazo general. El certificado acredita lo que consta en su fecha, así que la antigüedad admitida la marca quien lo pide. Pregúntaselo antes de solicitarlo, sobre todo si necesitas apostilla o traducción, porque esos pasos consumen tiempo.

Usarlo en el extranjero: apostilla y traducción

El Ministerio dice que, si surte efectos fuera, el certificado debe legalizarse, y que debes indicar el país de destino en la solicitud. Hay tres escenarios:

DestinoQué necesita
País del Convenio de la ApostillaApostilla, marcando esa opción al solicitarlo
País de la UESegún el Ministerio, los certificados negativos están exentos desde el 16 de febrero de 2019
País fuera del ConvenioLegalización diplomática: Ministerio de Justicia, Servicio de Legalizaciones y representación de ese país. Exige firma manuscrita, no electrónica

Sobre la UE, un matiz: el artículo 2.1.m del Reglamento (UE) 2016/1191 cubre los documentos de ausencia de antecedentes expedidos a un ciudadano de la Unión por el Estado de su nacionalidad. Si no tienes nacionalidad española, pide la apostilla para evitar problemas.

Antecedentes penales en inglés

Las fichas del Ministerio no ofrecen una versión en inglés. El certificado sale en español, así que si te lo piden en inglés u otro idioma, será el país de destino quien exija la traducción. El orden es primero la apostilla y después la traducción, para que esta incluya la apostilla si te lo piden.

Antes de encargarla, confirma dos cosas con el destinatario:

  1. Si acepta una traducción jurada española o prefiere una hecha en su país.
  2. Si exige algún otro trámite sobre la traducción.

Nosotros traducimos en esa dirección, por ejemplo con un traductor jurado de inglés. Más información sobre la apostilla de La Haya.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el certificado sin Cl@ve ni certificado digital?

Sí. Puedes solicitarlo en persona o por correo con el modelo 790, el pago de la tasa y tu documento de identidad en vigor, como la Tarjeta de Residencia o el pasaporte.

¿Cuánto tarda si soy ciudadano de otro país de la UE?

Más que en el caso general, porque se consulta a tu país, que dispone de 20 días hábiles para responder. La sede electrónica señala un plazo máximo de 30 días naturales.

¿Puedo pedir el certificado en inglés?

Las fichas del Ministerio no ofrecen esa opción. Si el destino lo exige en inglés, necesitarás una traducción. Confirma antes si aceptan una traducción jurada española.

¿Este certificado sirve para mi trámite de nacionalidad?

La nacionalidad pide el certificado de tu país de origen. Solo los nacionales de la UE pueden sustituirlo por el del Registro Central de Penados, si consta la consulta a su país.

Fuentes

  1. Ministerio de Justicia: certificado de antecedentes penales
  2. Ministerio de Justicia: solicitud presencial y por correo
  3. Sede electrónica del Ministerio de Justicia: certificado de antecedentes penales
  4. Ministerio de Asuntos Exteriores: legalización diplomática
  5. BOE: Orden JUS/1625/2016
  6. DOUE en BOE: Reglamento (UE) 2016/1191
  7. Consulado General de España en Londres: certificado de antecedentes penales

Fuentes consultadas el 31 de octubre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.

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