TIE perdida o robada: denuncia, duplicado, tasa y cómo viajar
Has perdido la TIE o te la han robado: denuncia, duplicado con el EX-17, tasa 790-012, vigencia de la nueva tarjeta y autorización de regreso para viajar mientras tanto.
Redacción PapeleoYaActualizado el 6 min de lectura
En resumen
Perder la TIE no te quita la residencia: la autorización sigue en vigor. Lo que tienes que hacer es denunciar la pérdida o el robo, pedir cita y solicitar un duplicado con el EX-17 y la tasa 790-012. La tarjeta nueva no es una renovación y caduca el mismo día que la perdida. Si necesitas viajar antes de tenerla, con el duplicado ya solicitado puedes pedir una autorización de regreso (EX-13, 10,72 €).
En esta página
Lo primero: tu residencia sigue viva
La TIE es el documento que acredita tu situación, pero no es la autorización. El artículo 209 del Reglamento de Extranjería lo deja claro en dos puntos:
- La tarjeta es personal e intransferible, y su custodia y conservación te corresponden a ti (apartado 3).
- El extravío, la destrucción o la inutilización llevan a la expedición de una nueva tarjeta a tu instancia, que no se considera renovación y dura lo que le faltaba a la anterior (apartado 9).
Es decir: no se reinicia ningún plazo ni ganas tiempo de residencia. Si te faltaban ocho meses para caducar, la nueva caduca en esos ocho meses.
Paso 1: la denuncia
La denuncia es el documento con el que demuestras en la comisaría que la tarjeta no está en tu poder. Si la tarjeta está rota o ilegible, en lugar de denuncia llevas la tarjeta inutilizada.
- Si la perdiste: la Oficina Virtual de Denuncias de la Policía Nacional admite denuncias por pérdida o extravío de documentos. Durante el proceso eliges la comisaría donde se le dará trámite, y allí tendrás que pasar a firmarla en el plazo que te indique el sistema.
- Si te la robaron: la vía online solo cubre algunos tipos de sustracción (en domicilio, en establecimiento o en el interior de un vehículo). Para un robo en la calle o un tirón, tendrás que ir a una comisaría.
- Si aparece después: el mismo sistema permite presentar una denuncia por recuperación de documentos. Hazlo para que la tarjeta no siga constando como extraviada.
Guarda la copia firmada. Te la pedirán para el duplicado y, si viajas, para la autorización de regreso.
Paso 2: el duplicado con el EX-17
El formulario es el EX-17, "Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero". En la versión vigente, adaptada ya al RD 1155/2024, marca en el apartado 4.1 la casilla "Duplicado por pérdida, sustracción, deterioro o cambio de datos". Descárgala de los modelos oficiales. El propio formulario advierte de que solo se puede presentar en persona ante la Policía Nacional, no por registro ni por internet.
Lleva a la cita:
- EX-17 firmado, original y copia.
- Pasaporte en vigor (o cédula de inscripción) y copia.
- Denuncia firmada, o la tarjeta inutilizada.
- Fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné.
- Justificante del 790-012 pagado.
- Si has cambiado de domicilio, un volante o certificado de empadronamiento reciente.
La cita se pide como cualquier otra de huellas; lo explicamos en NIE y TIE: cita, huellas y tasa.
Nota · ¿Qué importe pago en el 012?
La Orden PJC/617/2025 fija los importes de la TIE según su tipo (primera concesión 16,08 €, renovación 19,30 €, larga duración 21,87 €, familiar de español 12 €), pero no tiene un concepto específico para duplicados. Antes de pagar, confirma en tu comisaría qué concepto marcar. Más detalle en la tasa 790-012.
Ejemplo · Robo del bolso en el metro
A Diego le roban la cartera con la TIE de larga duración un martes. Esa tarde pone la denuncia en la comisaría del barrio. Pide cita, confirma en la oficina qué concepto del 790-012 debe marcar, lo paga en el banco y el día de la cita lleva el EX-17 con la casilla de duplicado, pasaporte, foto y denuncia. Su tarjeta nueva tendrá la misma fecha de caducidad que la robada.
Si se cruza con la renovación
Si pides el duplicado cuando ya estás en plazo de renovar tu autorización, el artículo 209.9 manda tramitar los dos procedimientos de forma conjunta y concordante. En la práctica, no tiene sentido hacer un duplicado que caduque en semanas: presenta la renovación y menciona en la oficina que has perdido la tarjeta. Si ya se te pasó la fecha, mira residencia caducada fuera de plazo.
Viajar mientras esperas la tarjeta
Si sales sin tarjeta, al volver tendrás que acreditar tu residencia de otra forma. Para eso, el artículo 5.1 del reglamento permite al titular de una TIE en vigor pedir una autorización de regreso en caso de robo, extravío, destrucción o inutilización, siempre que acredite haber solicitado ya el duplicado.
- Formulario EX-13 y tasa 790-012 de 10,72 €, según la ficha de la Policía.
- Vigencia máxima de 90 días, con entradas y salidas sin límite.
- Solo vale para entrar por pasos fronterizos españoles: si vuelves con escala en otro país Schengen, entrarías por ese otro Estado.
Los detalles, los casos grises y los errores típicos están en nuestra guía de la autorización de regreso.
Si la pierdes estando fuera de España
La autorización de regreso se pide en España, así que no te sirve si ya estás fuera. En ese caso tienes que pedir un visado en el consulado o la embajada española del país donde estés. Cada oficina publica sus requisitos. La Embajada en Nueva Delhi, por ejemplo, pide:
- Formulario de visado y foto.
- Pasaporte con al menos seis meses de validez.
- Prueba de tu residencia legal en España, como una copia de la TIE.
- Prueba del tiempo que llevas fuera.
- La denuncia ante la policía local por la pérdida o el robo.
- Una carta explicando lo ocurrido y el pago de la tasa del visado.
Guarda siempre una foto o fotocopia de tu TIE y de tu resolución de residencia: fuera de España es lo que más ayuda. Ya de vuelta, pide el duplicado como en el paso 2. Y no alargues la estancia fuera: perder la tarjeta no detiene el cómputo de ausencias que pueden costarte la residencia.
Preguntas frecuentes
¿Hay un plazo para pedir el duplicado?
El artículo 209 no fija un plazo concreto para el duplicado, pero sí te hace responsable de conservar la tarjeta y de llevar en vigor la documentación que acredita tu situación. Pídelo cuanto antes: sin tarjeta tendrás problemas para identificarte, trabajar o viajar.
¿Puedo seguir trabajando sin la TIE física?
Sí. Lo que te autoriza a trabajar es tu autorización de residencia y trabajo, no el plástico. Lleva a mano la denuncia, la resolución de concesión y el justificante de la cita del duplicado por si tu empresa o la Administración te los piden.
¿Puedo pedir el duplicado en otra provincia?
El artículo 209.11 sitúa la expedición en la comisaría donde se tramitó tu expediente o se te notificó la concesión. Si te has mudado de provincia, pregunta en la comisaría de tu nuevo domicilio, lleva el empadronamiento nuevo y comunica también el cambio de domicilio.
¿Y si encuentro la tarjeta antigua después del duplicado?
Presenta una denuncia por recuperación de documentos, que la Oficina Virtual de Denuncias permite hacer online, y pregunta en tu comisaría qué hacer con la tarjeta antigua. No la sigas usando: figura como perdida o robada en tu denuncia.
¿La autorización de regreso sirve si he perdido también el pasaporte?
No sustituye al pasaporte. Primero necesitas un pasaporte o documento de viaje de tu país, que se pide en tu consulado. Con él ya puedes solicitar el duplicado de la TIE y, después, la autorización de regreso.
Fuentes
- BOE: Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024 (texto consolidado), arts. 5 y 209
- Ministerio de Inclusión: modelos oficiales (EX-17 y EX-13)
- BOE: Orden PJC/617/2025, importes de las tasas (BOE-A-2025-12056)
- Policía Nacional: Oficina Virtual de Denuncias
- Ministerio del Interior: tarjeta de identidad de extranjero (duplicado)
- Policía Nacional: autorización de regreso
- Embajada de España en Nueva Delhi: visado por pérdida o robo de la tarjeta de residencia
Fuentes consultadas el 6 de noviembre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.
¿Tienes documentos que traducir?
Sube el PDF o la foto y ten el precio cerrado al momento. Traductores jurados del MAEC, firma electrónica cualificada y apostilla incluida.
Calcular precioGuías relacionadas
Renovaciones
Autorización de regreso: viajar con la TIE o la residencia en trámite
Cuándo necesitas la autorización de regreso para salir de España con la renovación en trámite, cómo pedirla con el EX-13, dónde, su tasa y sus 90 días de vigencia.
Renovaciones
Cuánto tiempo puedes estar fuera de España sin perder la residencia
Tabla por tipo de permiso: residencia temporal, no lucrativa, larga duración y familiar UE. Qué dice de verdad el reglamento sobre los 90 días, 6 meses y 12 meses.
Renovaciones
Residencia caducada: hasta cuándo puedes renovar y qué sanción hay
Si tu residencia o tarjeta ha caducado tienes 3 meses para renovar, con posible multa de hasta 500 €. Qué ocurre después de ese límite y qué opciones te quedan.