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Requerimiento de extranjería: cómo responder a tiempo

Un requerimiento no es una denegación: es la Administración pidiéndote algo que falta. Pero si no contestas en plazo, tu expediente se archiva. Aquí tienes los plazos, cómo funciona la notificación y qué hacer con cada petición habitual.

Actualizado el 24 de octubre de 2026 · actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026

Qué es un requerimiento

Cuando la oficina de extranjería revisa tu solicitud y ve que falta un documento, que uno está caducado o que la tasa no está pagada, no la deniega directamente: te envía un requerimiento de subsanación. Es una oportunidad para completar el expediente.

La advertencia que lo acompaña siempre es la misma: si no subsanas en plazo, se te tendrá por desistido de tu solicitud y se archivará el expediente (art. 68.1 de la Ley 39/2015 y, para los arraigos, art. 130.3 del RD 1155/2024). Un archivo no es una denegación, pero te obliga a empezar de nuevo, pagar otra tasa y, a veces, perder meses de espera.

Cuántos días tienes

ProcedimientoPlazo para contestarBase
Regla general del procedimiento administrativo10 días hábilesArt. 68.1 Ley 39/2015
Arraigos y otras circunstancias excepcionalesEl que indique la notificación, máximo 15 díasArt. 130.3 RD 1155/2024
Otras autorizaciones del reglamento (por ejemplo, residencia y trabajo por cuenta ajena)10 días en varios procedimientos; consulta tu notificaciónRD 1155/2024
Regularización extraordinaria 2026El que indique la notificación, máximo 15 díasDA 20.ª y 21.ª RD 1155/2024 (añadidas por el RD 316/2026)
Nacionalidad por residencia3 meses desde la notificaciónArt. 10 RD 1004/2015; art. 7.3 Orden JUS/1625/2016

Cómo se cuentan. Los plazos en días son hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos (art. 30.2 de la Ley 39/2015). Empiezan el día siguiente a la notificación. El plazo de nacionalidad se cuenta en meses, de fecha a fecha.

¿Se puede ampliar? Sí, en principio. El art. 68.2 de la Ley 39/2015 permite ampliar el plazo de subsanación hasta 5 días a petición tuya o de oficio, y el art. 32 permite ampliaciones de hasta la mitad del plazo. Dos condiciones: tienes que pedirlo antes de que venza (un plazo vencido no se amplía) y la oficina decide. Si te falta un documento que tarda semanas en llegar del extranjero, pide la ampliación por escrito, explica el motivo y aporta la prueba de que lo has solicitado (sin verificar que todas las oficinas la concedan en la práctica).

Nota · Mejor tarde que nunca, pero antes de la resolución

Si se te pasa el plazo, aporta igualmente la documentación cuanto antes. El art. 73.3 de la Ley 39/2015 admite la actuación del interesado si llega antes de que se notifique la resolución que declara el decaimiento o el desistimiento. No es una garantía, pero muchas veces salva el expediente.

Cómo te llega la notificación

Depende de cómo presentaste:

  • Presentación electrónica (Mercurio, registro electrónico, representante): la notificación se pone a tu disposición en la sede electrónica y en la DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única). Te puede llegar un SMS o un correo de aviso, pero el aviso no es la notificación.
  • Presentación en papel: carta certificada a tu domicilio. Si no te encuentran, se publica un anuncio en el Tablón Edictal Único del BOE.
  • A través de abogado o gestoría: la notificación le llega a tu representante. Pídele que te avise el mismo día.

La regla clave: una notificación electrónica que no abres en 10 días naturales desde que se pone a tu disposición se entiende rechazada, y el trámite se da por notificado (art. 43.2 de la Ley 39/2015). Es decir, no abrirla no detiene el plazo: lo empieza a contar igual. Si ves en la consulta de tu expediente el estado "requerido", entra a la DEHú ese mismo día. Te explicamos los estados en estado del expediente de extranjería.

Qué te suelen pedir y cómo resolverlo

Lo que pidenPor quéQué hacer
Certificado de antecedentes penales del país de origenFalta, está caducado (se acepta 6 meses si no indica validez) o no está legalizadoPídelo en tu consulado o en línea, apostíllalo y encarga la traducción jurada, incluida la apostilla
Traducción jurada de un documentoLo aportaste en otro idioma o traducido por alguien que no es traductor juradoEncarga la traducción a un traductor jurado nombrado por el MAEC
Apostilla o legalizaciónEl documento extranjero no viene legalizadoVer apostilla de La Haya. La apostilla también se traduce
Justificante de la tasa 790No pagada o con el código equivocado (052 frente a 062)Genera el impreso en la sede oficial y paga. Ver tasas de extranjería 2026
Pasaporte completoFaltan páginas o tiene menos de 4 meses de validezCopia de todas las páginas; renueva el pasaporte si caduca
Padrón histórico o pruebas de permanenciaHay huecos o ausencias en los 2 añosCertificado histórico de cada municipio y pruebas alternativas de esos meses
Informe de integraciónFalta o está caducadoPídelo a tu comunidad autónoma o ayuntamiento y aporta el justificante de solicitud si no llega a tiempo
Documentación del empleadorEn sociolaboral: certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, contrato firmadoPídeselos al empleador ese mismo día
Medios económicosEn arraigo social: los medios deben estar disponibles en EspañaExtractos de una cuenta en España a tu nombre

Lee el requerimiento entero: a veces piden dos o tres cosas y solo te fijas en la primera. Contesta a todo en un único envío y explica en una hoja, punto por punto, qué aportas para cada petición.

La traducción jurada urgente

El cuello de botella casi nunca es la traducción, sino conseguir el documento original del país de origen. Cuando ya lo tienes, la traducción jurada puede estar en 24 horas:

  • Documento corto (antecedentes penales, nacimiento, matrimonio, defunción, fe de vida, empadronamiento) de una página: 29 € IVA incluido, o 39 € en idiomas menos frecuentes como chino, georgiano o urdu. La traducción de la apostilla está incluida.
  • Entrega urgente en 24 h: +20 € (inglés, francés, portugués, italiano) o +25 € (alemán, rumano, árabe, ruso, ucraniano), una vez por pedido. Por ejemplo, unos antecedentes penales en inglés con apostilla, urgentes: 49 €.
  • Traductores jurados nombrados por el MAEC y entrega en PDF con firma electrónica cualificada, que puedes subir directamente por la sede electrónica.

Tienes los precios por idioma en precio de la traducción jurada.

Cómo presentar la respuesta

  1. Por vía electrónica, si presentaste así: entra con certificado digital o Cl@ve en la plataforma Mercurio o en el registro electrónico de la sede, elige la opción de aportación de documentación a un expediente ya iniciado e indica tu número de expediente. Si eliges el Registro Electrónico Común, dirígelo a la oficina de extranjería de tu provincia.
  2. En persona o por correo, en cualquier registro público u oficina de Correos (correo administrativo), dirigido a la oficina de extranjería, con el número de expediente.
  3. En nacionalidad, por la plataforma del Ministerio de Justicia eligiendo como motivo "en respuesta a un requerimiento de la Administración", o por el registro electrónico del Ministerio.

Guarda siempre el justificante de registro con fecha y hora: es tu prueba de que contestaste en plazo si luego el expediente aparece archivado. Sube los PDF legibles, un archivo por documento y con nombres claros ("antecedentes-apostilla-traduccion.pdf"). Una traducción jurada firmada electrónicamente conserva su validez en formato digital; si la imprimes, pierdes la verificación de la firma.

Cuándo llamar a un abogado

Un requerimiento documental sencillo (un certificado caducado, la tasa) lo puedes contestar tú. Conviene consultar a un profesional si:

  • Te piden algo que no tienes y no puedes conseguir en plazo.
  • El requerimiento cuestiona un requisito de fondo (tus ingresos, tu permanencia, los antecedentes) en lugar de pedir un papel.
  • Ya te archivaron o denegaron antes y no quieres repetir.
  • Es un trámite de audiencia previo a una denegación: ahí tus alegaciones pesan mucho.

En nuestro directorio de abogados de extranjería los anuncios están marcados como publicidad: los profesionales pagan una cuota fija y PapeleoYa no cobra comisión ni asesora. Si tu expediente acaba denegado, mira arraigo denegado: qué hacer.

Fuentes

  1. BOE: Ley 39/2015, arts. 30, 32, 43, 68 y 73
  2. BOE: Real Decreto 1155/2024, art. 130 (texto consolidado)
  3. BOE: Real Decreto 316/2026, regularización extraordinaria
  4. Ministerio de Justicia: preguntas frecuentes del área de Nacionalidad
  5. BOE: Orden JUS/1625/2016, tramitación de la nacionalidad por residencia

Revisado el 24 de octubre de 2026, actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026.

PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para contestar un requerimiento de extranjería?

Mira el plazo que indica tu notificación. En arraigos no puede ser superior a 15 días; la regla general de la Ley 39/2015 es de 10 días hábiles. En nacionalidad por residencia son 3 meses. Los días hábiles no incluyen sábados, domingos ni festivos.

¿Puedo pedir más tiempo?

Sí, puedes pedir una ampliación de hasta 5 días (art. 68.2 de la Ley 39/2015), siempre antes de que venza el plazo. Pídela por escrito en el registro, explica el motivo y aporta la prueba de que ya has solicitado el documento. La concesión depende de la oficina.

No abrí la notificación electrónica, ¿qué pasa?

Si pasan 10 días naturales desde que se puso a tu disposición sin abrirla, se entiende rechazada y el trámite se da por notificado, así que el plazo para contestar corre igual. Entra a la DEHú o a la sede, descárgala y contesta cuanto antes.

¿Cuánto tarda una traducción jurada urgente?

En PapeleoYa la entrega urgente es en 24 horas por 20 € o 25 € más según el idioma, una vez por pedido. Un certificado de una página cuesta 29 € IVA incluido con la apostilla traducida. Recibes un PDF con firma electrónica cualificada listo para subir a la sede.

¿Qué pasa si contesto tarde?

Aporta la documentación igualmente lo antes posible. La ley admite la actuación del interesado si llega antes de que se notifique la resolución de desistimiento. Si ya está archivado, puedes valorar un recurso de reposición en un mes o una solicitud nueva.

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