Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura: cómo leerlo y su efecto
Qué es el catálogo del SEPE, cómo buscar tu ocupación por provincia, qué contiene el del 3.º trimestre de 2026 y qué hacer si tu empleo no aparece en la lista.
Redacción PapeleoYaActualizado el 5 min de lectura
En resumen
Es la lista trimestral del SEPE con las ocupaciones que una empresa puede cubrir con una persona extranjera sin demostrar antes que no encuentra candidatos en España. Si la ocupación está en la lista de esa zona, se da por superada la situación nacional de empleo, pero no te da un permiso por sí sola. A 31 de octubre de 2026, el último catálogo publicado en la web del SEPE es el del 3.º trimestre de 2026.
En esta página
Qué efecto tiene estar en el catálogo
Para conceder una autorización inicial por cuenta ajena se tiene en cuenta la situación nacional de empleo (art. 38 de la Ley Orgánica 4/2000). El artículo 75.1 del reglamento lo concreta: que una ocupación sea de difícil cobertura «implica la posibilidad de tramitar» la autorización dirigida a la persona extranjera.
Eso significa que el catálogo elimina un requisito, no todos. La empresa sigue teniendo que presentar el contrato, estar al corriente y tener medios (art. 74), y es ella quien solicita. Si quieres ver el proceso completo, lo explicamos en el visado de trabajo por cuenta ajena.
Tampoco es una lista de empleos ofrecidos: no hay nada que solicitar al SEPE por aparecer en ella.
Cómo leerlo, paso a paso
- Entra en la página del catálogo en el SEPE.
- Abre el PDF más reciente, el primero de la lista de documentación.
- Busca la comunidad y la provincia del puesto de trabajo. Baleares y Canarias van por islas. Cuenta la zona del trabajo, no donde vivas tú.
- Busca la denominación exacta de la ocupación.
- Compárala con lo que vas a hacer de verdad y con la ocupación del contrato.
Cada fila tiene cuatro datos. Esta es una real del catálogo actual:
| Comunidad | Provincia | Código | Ocupación |
|---|---|---|---|
| Andalucía | Almería | 7510.103.3 | Instaladores electricistas, en general |
Qué contiene el catálogo del 3.º trimestre de 2026
Hemos revisado el PDF del 3.º trimestre de 2026. Es una lista corta: 59 zonas y 27 ocupaciones distintas.
| Dónde | Cuántas | Cuáles |
|---|---|---|
| Las 59 zonas | 9 | Deportistas profesionales, entrenadores deportivos, carpinteros y montadores de carpintería de aluminio, metálica y PVC, instaladores electricistas (2 denominaciones), conductores-operadores de grúa (en camión, fija y móvil) |
| 33 zonas, además de las anteriores | 18 | Ocupaciones de la marina mercante y de buques: maquinistas, pilotos, mecánicos navales, marineros de cubierta, cocineros y camareros de barco, entre otras |
Ejemplo · Dos casos con el catálogo en la mano
Electricista en Soria. «Instaladores electricistas, en general» figura en Soria, así que la empresa no necesita gestionar una oferta previa.
Camarero de restaurante en Málaga. En Málaga aparece «camareros de barco», que es otro trabajo. Lo mismo pasa con «cocineros de barco». La hostelería de tierra no está en este catálogo, de modo que la empresa tendría que seguir la vía de la oferta de empleo.
Cuatro cautelas sobre las fechas y el texto
- Vigencia. El SEPE dice que el catálogo rige del primer al último día laborable del trimestre natural siguiente a su publicación. A 31 de octubre no aparece el del 4.º trimestre, ni tampoco el del 2.º. Vuelve a mirar el día en que la empresa vaya a presentar.
- Nombre del archivo. El PDF del 3.º trimestre se llama «2T26», pero su portada dice «3.º trimestre 2026». Guíate por la portada.
- Base legal. La página del SEPE sigue citando el artículo 65.1 del reglamento anterior. El vigente es el 75.1.
- Zona. El reglamento habla de un catálogo por comunidad autónoma, que puede ser provincial o por islas. El PDF actual ya viene por provincias e islas.
Si la ocupación no aparece
No es un no definitivo. El artículo 75.2 da una segunda vía, que recae sobre la empresa:
- Presenta una oferta en el servicio público de empleo del territorio del puesto, ajustada al trabajo y sin requisitos que no tengan relación directa con él. La Hoja 12 menciona también el portal Empléate.
- El servicio la gestiona durante ocho días y le da publicidad.
- La empresa comunica el resultado: a quién admite, a quién rechaza y por qué.
- El servicio emite el certificado de insuficiencia de demandantes en un máximo de tres días.
- La oficina de extranjería valora ese informe y la urgencia de la contratación.
Cuándo no hace falta mirar el catálogo
Muchos lectores no lo necesitan:
- Arraigo sociolaboral. El artículo 127.b exime del requisito de situación nacional de empleo. Lo detallamos en los requisitos del empleador.
- Estudiantes que pasan a trabajar con título obtenido (art. 190.2).
- Residentes con al menos un año cuya autorización no permitía trabajar (art. 191.4). Con menos de un año, sí se aplica.
- Nacionales de Chile y Perú, según la Hoja 12.
- Supuestos del artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, como hijos o nietos de español de origen.
- Renovaciones por cuenta ajena (art. 40.1.b de la misma ley).
Dónde vuelve a aparecer el catálogo
Sigue contando en otros tres trámites:
- Para cambiar la ocupación o el territorio de un permiso inicial por cuenta ajena se tiene en cuenta la situación de empleo (art. 192.1).
- Ciertas formaciones de los servicios públicos de empleo orientadas a ocupaciones del catálogo dan acceso al arraigo socioformativo (art. 127.d).
- La Orden PJC/44/2026 reduce el salario exigido en la Tarjeta azul-UE para ocupaciones del catálogo de los grupos 1 y 2. En este trimestre ningún código empieza por 1 o 2.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir yo un permiso por estar mi profesión en el catálogo?
No. El catálogo no da ningún derecho directo. La autorización inicial la solicita el empleador con un contrato, y debe cumplir todos los requisitos del artículo 74 del reglamento.
¿Cada cuánto cambia el catálogo?
Es trimestral (art. 75.1). A 31 de octubre de 2026, el último publicado en la web del SEPE es el del 3.º trimestre de 2026. Compruébalo siempre antes de presentar.
¿Vale el catálogo de una provincia para trabajar en otra?
No. La condición se mira en la zona del puesto de trabajo. Si la ocupación aparece en otra provincia pero no en la tuya, habrá que recurrir a la vía de la oferta de empleo.
¿Qué pasa si mi ocupación sale del catálogo durante el trámite?
El reglamento no lo resuelve de forma expresa, y no hemos podido verificar un criterio oficial. Si te ocurre, la empresa debe consultar a la oficina de extranjería.
¿Necesito el catálogo para el arraigo sociolaboral?
No. El artículo 127.b exceptúa la situación nacional de empleo: la empresa no tiene que demostrar dificultad de cobertura, aunque sí estar al corriente y tener medios.
Fuentes
- SEPE: qué es el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura
- SEPE: catálogo del 3.º trimestre de 2026 (PDF)
- BOE: Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024, texto consolidado (arts. 74, 75, 127, 190-192)
- BOE: Ley Orgánica 4/2000, arts. 38 y 40
- Ministerio de Inclusión: Hoja 12, autorización inicial por cuenta ajena
- BOE: Orden PJC/44/2026
Fuentes consultadas el 31 de octubre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
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