Antecedentes del FBI y partida de nacimiento de EE. UU. para España
Cómo pedir el certificado de antecedentes del FBI y la partida de nacimiento de EE. UU., quién pone cada apostilla (federal o estatal) y qué hay que traducir.
Redacción PapeleoYaActualizado el 6 min de lectura
En resumen
Para España, los antecedentes de Estados Unidos se acreditan con el informe del FBI, basado en huellas dactilares. No valen los certificados de la policía local ni los de la policía estatal. Ese informe lleva una apostilla federal del Departamento de Estado en Washington D. C., mientras que la partida de nacimiento la apostilla la Secretaría de Estado del estado que la emitió. Las dos están en inglés, así que necesitan traducción jurada al español, apostilla incluida.
En esta página
Por qué importa quién emite cada documento
Estados Unidos aplica el Convenio de la Apostilla desde el 15 de octubre de 1981, según la tabla de la HCCH. Eso significa que sus documentos no pasan por el consulado español: basta la apostilla. El problema es que en EE. UU. no hay una sola autoridad que apostille. El portal oficial USAGov lo resume así: los documentos de un estado, como las partidas de nacimiento, se apostillan en la Secretaría de Estado de ese estado. Los documentos federales se apostillan en el Departamento de Estado de EE. UU.
El informe del FBI es un documento federal. La partida de nacimiento es estatal. Confundir las dos vías es el error que más tiempo hace perder.
| Documento | Quién lo emite | Quién lo apostilla |
|---|---|---|
| Antecedentes penales | FBI (federal) | Departamento de Estado, Washington D. C. |
| Partida de nacimiento | Oficina de registros vitales del estado | Secretaría de Estado del estado de nacimiento |
Antecedentes del FBI: qué documento piden
Los consulados de España en EE. UU. son muy claros. El de Nueva York indica en su página de visados que para Estados Unidos valen los registros emitidos por el FBI y que no se aceptan verificaciones de la policía local ni de la policía estatal.
Las preguntas frecuentes del Consulado de Los Ángeles/Preguntas%20Frecuentes%20Visados.pdf) describen el informe como un certificado obtenido con huellas dactilares, que se tramita con el FBI directamente o a través de un "FBI Approved Channeler", es decir, una empresa autorizada por el FBI para enviar las huellas. Ese informe se conoce como Identity History Summary.
En la práctica:
- Pide el informe al FBI con tus huellas, directamente o mediante un channeler autorizado.
- Asegúrate de que el documento recibido se pueda apostillar. La apostilla certifica una firma o un sello, así que antes de enviarlo comprueba con el Departamento de Estado qué versión del informe acepta.
- Pide la apostilla federal al Departamento de Estado en Washington D. C. El Consulado de Los Ángeles avisa en su página del visado no lucrativo de que una apostilla local no es válida para este documento.
- Encarga la traducción jurada del informe y de la apostilla.
No incluimos tasas ni plazos del FBI ni del Departamento de Estado: cambian y no hemos podido contrastarlos en sus webs oficiales. Consúltalos allí antes de pagar.
Cuánto tiempo puede tener el informe
No hay un plazo único para todos los trámites. Para el visado no lucrativo, el Consulado de Los Ángeles exige que el certificado no tenga más de 6 meses desde su emisión. Si vas a presentarlo en una oficina de extranjería en España, pregunta allí. Lo que sí está en el reglamento es qué países cubrir. Para el arraigo, el artículo 130.2 del Real Decreto 1155/2024 pide el certificado del país o países donde hayas residido durante los cinco años anteriores a tu entrada en España.
El reloj corre desde que el FBI emite el informe, no desde que lo apostillas o lo traduces. Planifica hacia atrás desde la fecha de tu cita.
Partida de nacimiento: el estado manda
Para la partida de nacimiento, USAGov indica que debes contactar con la oficina de registros vitales (vital records office) del estado o territorio donde naciste. Allí te dirán cómo pedir una copia certificada en línea, por correo o en persona, y cuánto cuesta. Necesitarás saber la ciudad y el condado de nacimiento.
Con la copia certificada en la mano, la apostilla la pone la Secretaría de Estado de ese mismo estado. El Consulado de Houston enlaza las oficinas de apostilla de los estados de su demarcación. Si naciste en Texas y vives en Florida, la apostilla sigue siendo de Texas.
Si naciste fuera de EE. UU. de padres estadounidenses, tu documento puede ser el informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA). USAGov explica que cumple la misma función que una partida de nacimiento. Por tanto, no es una partida estatal y no sigue la vía de la Secretaría de Estado de un estado.
Ejemplo · Una residente en Madrid nacida en Ohio que pide el arraigo
Vivió en California hasta 2022 y desde entonces está en España.
- Antecedentes: informe del FBI con huellas, apostilla del Departamento de Estado y traducción jurada. Un certificado de la policía de California no sirve.
- Partida de nacimiento (si el trámite la pide): copia certificada de Ohio, apostilla de la Secretaría de Estado de Ohio y traducción jurada.
- Orden: primero lo más lento, que suele ser el FBI. La traducción, al final, cuando ya tengas las apostillas.
La traducción: qué se traduce y quién la hace
La Hoja 61 del Ministerio de Inclusión exige que el documento público extranjero esté traducido al castellano. Admite la traducción de un intérprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y algunas traducciones hechas o revisadas por consulados, que luego necesitan legalización.
El Consulado de Los Ángeles pide la traducción del certificado y de la apostilla. También avisa de que las traducciones hechas por otros medios pueden no ser aceptadas por la policía española, y remite al listado de traductores jurados de Exteriores. Si dudas sobre la apostilla, lee si hay que traducir la apostilla.
En PapeleoYa, la traducción jurada de inglés de un certificado de una página cuesta desde 29 €, con la traducción de la apostilla incluida.
Errores típicos
- Presentar un certificado estatal o de la policía local. No sustituye al informe del FBI.
- Llevar el informe del FBI a la Secretaría de Estado de tu estado. Es federal y lo apostilla el Departamento de Estado.
- Pedir el FBI demasiado pronto. Si caduca antes de la cita, tendrás que repetir todo.
- Separar la apostilla del documento. El Consulado de Los Ángeles pide no separarlos bajo ningún concepto.
- Traducir antes de apostillar. Si la apostilla llega después, también hay que traducirla.
Preguntas frecuentes
¿Sirve un certificado de antecedentes de mi estado en vez del FBI?
Para los consulados españoles en EE. UU., no. Piden el informe del FBI y rechazan expresamente las verificaciones de la policía local y estatal. Si lo vas a presentar en España, sigue el mismo criterio.
¿Tengo que pedir antecedentes del FBI si llevo años viviendo en España?
Para el arraigo, el artículo 130.2 del RD 1155/2024 no lo exige si has permanecido de forma continuada en España durante los cinco años anteriores a la solicitud, o si ya lo acreditaste en otra solicitud de los últimos cinco años sin salir del país desde entonces.
¿Puedo apostillar el informe del FBI en un consulado de EE. UU. en España?
No es la vía que indican los consulados españoles. La apostilla del informe del FBI la emite el Departamento de Estado en Washington D. C., y una apostilla local no es válida. Consulta en la web del Departamento de Estado cómo enviar la solicitud desde fuera de EE. UU.
¿Vale una traducción hecha por un traductor certificado de EE. UU.?
Corres el riesgo de que no la acepten. La Hoja 61 solo admite como válidas la del intérprete jurado autorizado por Exteriores y algunas traducciones consulares legalizadas. Exteriores avisa de que algunas administraciones pueden rechazar las traducciones locales.
¿Hay que traducir también el sello de la apostilla?
Sí, si está en inglés. El Consulado de Los Ángeles pide la traducción del certificado y de la apostilla. Un traductor jurado lo traduce todo en el mismo documento.
Fuentes
- USAGov: apostillas y certificados de autenticación
- USAGov: copia certificada de la partida de nacimiento
- Consulado de España en Los Ángeles: visado de residencia no lucrativa
- Consulado de España en Los Ángeles: preguntas frecuentes de visados (PDF)
- Consulado de España en Houston: apostilla de documentos estadounidenses
- Ministerio de Inclusión: Hoja 61, legalización y traducción de documentos
- BOE: Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería
- Ministerio de Asuntos Exteriores: legalización y apostilla (traducciones oficiales)
- Ministerio de Asuntos Exteriores: traductores e intérpretes jurados
- HCCH: tabla de Estados del Convenio de la Apostilla
Fuentes consultadas el 5 de noviembre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.
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