Mercurio paso a paso: presentar tu solicitud de extranjería online
Cómo presentar una solicitud de extranjería por Mercurio: trámites admitidos, certificado y Autofirma, tasa, adjuntos, justificante y si sigue siendo obligatorio.
Redacción PapeleoYaActualizado el 6 min de lectura
En resumen
Mercurio es la aplicación de la sede del Ministerio de Política Territorial para presentar solicitudes de extranjería nuevas y renovaciones por internet, y para aportar documentos a expedientes en trámite. Necesitas certificado digital o DNIe, el programa Autofirma, los documentos escaneados y, mejor, la tasa ya pagada. Al firmar obtienes un justificante en PDF. Desde la sentencia del Supremo de 8 de julio de 2026, el reglamento ya no obliga con carácter general a usarlo.
En esta página
Qué es Mercurio y qué trámites admite
El nombre oficial del procedimiento es "Solicitudes Telemáticas de Autorizaciones Nuevas y Renovaciones de Extranjería. Aportación de documentación a expedientes de extranjería". Lo gestionan las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y está en la sede del Ministerio de Política Territorial. La antigua dirección de sede.administracionespublicas.gob.es redirige allí.
Según esa página, admite estas solicitudes:
| Tipo | Ejemplos |
|---|---|
| Iniciales | Estancia y prórrogas (EX-00), no lucrativa (EX-01), reagrupación (EX-02), cuenta ajena (EX-03), cuenta propia (EX-07), circunstancias excepcionales (EX-10), larga duración (EX-11), tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (EX-19) |
| Renovaciones | Cuenta ajena, cuenta propia, no lucrativa, reagrupación, tarjeta azul, investigadores, residencia con excepción de trabajo |
| Modificaciones y prórrogas | Paso del arraigo a residencia y trabajo, prórroga de la estancia por estudios y de sus familiares |
| Aportación | Documentos a expedientes en trámite de autorizaciones y tarjetas |
Si tu trámite no aparece, no significa que no puedas presentarlo por internet: puedes usar el Registro Electrónico General dirigido a tu oficina de extranjería.
¿Es obligatorio presentar por Mercurio?
Ya no con carácter general. El artículo 197.2 del Reglamento de Extranjería obligaba a presentar por medios electrónicos, entre otras, la renovación de la no lucrativa, la renovación de cuenta propia, la renovación con excepción de trabajo, la prórroga de la estancia por estudios y la inicial de cuenta ajena. La sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026 anuló ese apartado en su integridad, y otra de 29 de julio lo reiteró. El Gobierno puede volver a imponer la vía electrónica para algunos procedimientos, pero tendrá que justificarlo.
Dos matices:
- Algunas guías oficiales anteriores, como la de la Oficina de Extranjería de Madrid, de noviembre de 2025, aún describen Mercurio como obligatorio para esos trámites. Son anteriores a la sentencia.
- El artículo 55.4, sobre la prórroga de la estancia por estudios, sigue diciendo que se solicita por medios electrónicos. Si es tu caso, preséntala por internet.
Además, según el artículo 197.1, presentar por internet desde España cuenta como comparecencia personal, así que no tienes que ir a la oficina para presentar la solicitud.
Antes de empezar
- Certificado digital reconocido o DNIe. Es lo que pide la página del procedimiento. Si tienes NIE, el certificado de la FNMT se obtiene con acreditación presencial en una oficina.
- Autofirma, el programa del Gobierno para firmar, que descargas en firmaelectronica.gob.es.
- Documentos escaneados, legibles y completos. La Delegación del Gobierno en Cantabria recomienda tenerlos escaneados antes de empezar, con escáner o con una app del móvil.
- El formulario EX que corresponda y, si actúa un representante, su acreditación.
- La tasa pagada. La sede recomienda adjuntar el justificante con la solicitud. Si no lo haces, tendrás que llevarlo a la oficina por vía ordinaria y la tramitación puede retrasarse. Mira los importes en tasas de extranjería 2026 y, para residencia, la tasa 790-052.
Los documentos extranjeros deben ir apostillados o legalizados y, si no están en castellano, con traducción. La Hoja 61 del Ministerio admite, entre otras, la traducción de un intérprete jurado autorizado por Exteriores.
Presentar la solicitud, paso a paso
- Entra en la página del procedimiento y pulsa "Acceder a Solicitudes Telemáticas de Autorizaciones de Extranjería". Hazlo desde un ordenador con el certificado instalado en el navegador.
- Identifícate con tu certificado o DNIe. Graduados sociales, gestores administrativos y abogados tienen accesos propios si están dados de alta en su consejo general.
- Elige si es una autorización nueva o una renovación, y el tipo concreto.
- Rellena los datos del formulario. Revisa el domicilio a efectos de notificaciones y la casilla de notificaciones electrónicas (más abajo).
- Adjunta la documentación, cada documento en el apartado que le corresponda, junto con el justificante de la tasa.
- Firma con Autofirma el formulario y los documentos adjuntos.
- Registra la solicitud y descarga el resguardo en PDF. Es tu prueba de que presentaste en plazo: guárdalo.
Ejemplo · Renovación de la no lucrativa
Ana tiene la residencia no lucrativa y le caduca en enero. En diciembre paga la tasa, escanea el pasaporte completo, el extracto bancario y el seguro médico, y entra en Mercurio con su certificado de la FNMT. Elige renovación de residencia no lucrativa, adjunta todo con el justificante de la tasa, firma con Autofirma y descarga el resguardo. Si a los pocos días consulta el estado y no aparece, no es un error: la grabación no es automática. Los plazos de esta renovación los explicamos en la guía de renovación de la no lucrativa.
La casilla de notificaciones electrónicas
Si marcas "Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos", la guía de Madrid explica que las notificaciones se ponen a disposición durante 10 días naturales en la DEHú o la Carpeta Ciudadana, no en tu correo. Para abrirlas hace falta certificado electrónico asociado al NIE de la persona que figura como domicilio de notificaciones. Si esa persona no lo tiene, no marques la casilla y te llegarán por correo postal.
Después de presentar
- El expediente tarda en aparecer. La Oficina de Extranjería de Madrid avisa de que las solicitudes de Mercurio no se graban automáticamente en su aplicación. Si la consulta dice que no encuentra la información, espera. Así se interpreta cada estado: estado del expediente de extranjería.
- Si te piden algo, recibirás un requerimiento por el medio que elegiste. Puedes contestar desde el mismo procedimiento, que también sirve para aportar documentación.
- Si quieres añadir un documento sin que te lo pidan, también puedes hacerlo mientras el expediente esté en trámite.
- La resolución se descarga en la DEHú o en la Carpeta Ciudadana si elegiste notificación electrónica.
Problemas típicos
- El certificado no aparece al identificarte: casi siempre está instalado en otro navegador o en otro usuario del ordenador.
- Autofirma no arranca: reinstálala desde firmaelectronica.gob.es y vuelve a intentarlo. La sede tiene una página de resolución de problemas con el navegador.
- Documentos ilegibles o incompletos, como el pasaporte sin todas sus páginas cuando la hoja informativa lo pide completo. Es la causa más evitable de un requerimiento.
- Sin justificante de la tasa: retrasa el expediente.
- Dudas técnicas: el 060 y el formulario de incidencias técnicas de extranjería de la sede.
Preguntas frecuentes
¿Puedo entrar en Mercurio con Cl@ve?
La página oficial del procedimiento pide certificado digital reconocido o DNI electrónico y la firma con Autofirma. Con Cl@ve puedes usar el Registro Electrónico General dirigido a tu oficina de extranjería, que admite Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.
¿Puede presentarlo otra persona por mí?
Sí, un representante debidamente acreditado, firmando con su propio certificado. Los graduados sociales, gestores administrativos y abogados tienen además accesos específicos a través de su consejo general.
¿Tengo que pagar la tasa antes de presentar?
Es lo recomendable. La sede indica que el pago es necesario para continuar con la tramitación y aconseja adjuntar el justificante. El reglamento prevé que, cuando el sistema esté implementado, quien tenga NIE pague la tasa en el propio acto de presentación electrónica.
¿Qué hago si me equivoco al adjuntar un documento?
No presentes una solicitud duplicada. Mientras el expediente siga en trámite, aporta el documento correcto desde el mismo procedimiento o por el Registro Electrónico General, indicando el número de expediente o el registro de tu solicitud.
¿Mercurio vale si estoy fuera de España?
Para las autorizaciones iniciales que se piden desde el extranjero, la vía general es el consulado. La guía de Madrid recuerda que las solicitudes presenciales fuera de España se presentan en la oficina consular competente.
Fuentes
- Sede del Ministerio de Política Territorial: solicitudes telemáticas de extranjería y aportación de documentación
- BOE: Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024 (arts. 55.4 y 197; disposición adicional duodécima)
- BOE: Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026 sobre el RD 1155/2024
- Delegación del Gobierno en Madrid: guía informativa básica de extranjería (noviembre de 2025)
- Delegación del Gobierno en Cantabria: tríptico de presentación de expedientes por internet
- Ministerio de Inclusión: Hoja 61, legalización y traducción de documentos
Fuentes consultadas el 7 de noviembre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.
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