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Arraigo · informes autonómicos

Informe de integración social y de esfuerzo de integración por comunidad autónoma

Cada comunidad organiza estos informes a su manera: en unas los emite el Gobierno autonómico y en otras tu ayuntamiento. Aquí tienes, comunidad por comunidad, quién lo emite, cómo se pide y el enlace oficial, con lo que no hemos podido comprobar marcado como "(sin verificar)".

Actualizado el 24 de octubre de 2026 · actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026

Dos informes distintos

Se parecen en el nombre, pero sirven para cosas diferentes:

  • Informe de integración social (antes "informe de arraigo"). Lo necesitas para el arraigo social cuando no tienes vínculos familiares con extranjeros residentes, y siempre para el arraigo socioformativo. Está en el artículo 127.c del Reglamento de extranjería, reescrito por el RD 316/2026.
  • Informe de esfuerzo de integración. Sirve en las renovaciones de residencia temporal (no lucrativa, reagrupación familiar, trabajo por cuenta ajena o propia), sobre todo cuando no cumples alguno de los requisitos. No es obligatorio, pero la oficina de extranjería debe valorarlo. Certifica tu formación en valores constitucionales, derechos humanos, igualdad y, en su caso, lenguas oficiales.

Algunas comunidades (Cataluña, Canarias, País Vasco, Illes Balears) usan un mismo trámite para los dos casos.

Las reglas comunes a toda España

Lo que dicen el Reglamento (RD 1155/2024) y la Instrucción SEM 4/2025 de la Secretaría de Estado de Migraciones:

  • Quién lo emite: la comunidad autónoma de tu domicilio habitual o, si la comunidad lo ha establecido y lo ha comunicado a Migraciones, tu ayuntamiento.
  • Plazo para emitirlo: un mes desde que lo pides.
  • Si no llega a tiempo: puedes acreditar la integración por cualquier medio de prueba, siempre que demuestres que lo pediste y no te contestaron. Guarda el justificante de la solicitud.
  • Domicilio: se pide donde estés empadronado en el momento de la solicitud.
  • Contenido mínimo: al menos los dos años de permanencia continuada en España anteriores.
  • Validez: según la Instrucción SEM 4/2025, seis meses desde su emisión, y la fecha de emisión debe estar dentro de los seis meses anteriores a la presentación del arraigo.
  • Coste: la misma Instrucción dice que la tramitación es gratuita. Aun así, alguna comunidad cobra una tasa (ver Madrid).

Nota · Ojo con la validez: 6 meses o 3 meses

La Instrucción estatal habla de seis meses, pero hay webs oficiales locales que siguen indicando tres meses: la guía del SAIER del Ayuntamiento de Barcelona (junio de 2025) para el informe catalán y la ficha del Ayuntamiento de Alicante (actualizada el 12 de junio de 2026). Lo prudente es presentar tu arraigo dentro de los tres meses siguientes a la fecha del informe.

Tabla por comunidad autónoma

ComunidadIntegración social (arraigo)Esfuerzo de integración (renovaciones)Cómo se pideEnlace oficial
AndalucíaAyuntamientoJunta: Delegaciones Territoriales de Inclusión SocialDelegación provincialOrden de 16/02/2012 (BOJA)
AragónAyuntamiento (Zaragoza: Casa de las Culturas)Gobierno de AragónCita en el ayuntamiento / Gobierno de Aragónaragon.es
AsturiasAyuntamiento (sin verificar)Principado (sin verificar)Servicios sociales municipales (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
CantabriaAyuntamiento (sin verificar)Gobierno de Cantabria (sin verificar)Servicios sociales municipales (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
Castilla y LeónAyuntamientoJunta de Castilla y LeónAplicación web de la sedeSede de la Junta
Castilla-La ManchaAyuntamientoJunta (D. G. de Acción Social y Cooperación)Servicio de Cooperación, Migraciones y Voluntariadocastillalamancha.es
CataluñaGeneralitat (un solo trámite)Generalitat (mismo trámite)Presencial, preferentemente en tu ayuntamientotramits.gencat.cat
Comunitat ValencianaAyuntamientoGeneralitat (sin verificar)Cita previa municipalEj.: Ayuntamiento de Alicante
ExtremaduraAyuntamientoJunta de ExtremaduraTodo el año, en la sede de la Juntajuntaex.es
GaliciaConcello (sin verificar)Xunta (sin verificar)Servicios sociales del concello (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
Illes BalearsGovern (CAIB)Govern (CAIB)Sede electrónica o registrocaib.es
CanariasGobierno de CanariasGobierno de Canarias (mismo trámite)Sede electrónica o registroSede, trámite 3086
La RiojaAyuntamiento (sin verificar)Gobierno de La Rioja (sin verificar)Servicios sociales municipales (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
MadridComunidad de MadridComunidad de MadridCuenta Digital o registro, y entrevistaSede: informe de arraigo
MurciaAyuntamientoComunidad (procedimiento 203)Sede de la CARM / ayuntamientoMinisterio: tabla CCAA
NavarraAyuntamiento (sin verificar)Gobierno de Navarra, con entrevista (sin verificar)Cita previa (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
País VascoGobierno Vasco (un solo trámite)Gobierno Vasco (mismo trámite)En línea o en Zuzeneaneuskadi.eus
CeutaCiudad Autónoma (sin verificar)Ciudad Autónoma (sin verificar)Consejería de Asuntos Sociales (sin verificar)Ministerio: tabla CCAA
MelillaCiudad Autónoma: Centros de Servicios SocialesCiudad Autónoma (mismos centros)Centros de Servicios Sociales ComunitariosOrden 1609/2026 (BOME)

Cuando decimos "Ayuntamiento" sin más, nos basamos en la tabla del Ministerio de Inclusión, que todavía cita el reglamento anterior (RD 557/2011). En Illes Balears esa tabla dice "Ayuntamiento", pero la web oficial del Govern muestra que hoy lo emite la CAIB, así que la tabla no está del todo al día. Si tu comunidad aparece como municipal, pregunta primero en los servicios sociales de tu ayuntamiento.

Las comunidades con más expedientes

Comunidad de Madrid

Emite los dos informes la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Integración). Se pide en línea desde la Cuenta Digital, con firma electrónica, o en papel en un registro, preferentemente el de tu ayuntamiento. Después te citan a una entrevista donde aportas el resto de documentos. Madrid exige el diploma del curso "Conoce tus leyes" como requisito imprescindible y justificantes de medios de los últimos 12 meses. Según la sede, el informe de arraigo social tiene una tasa de 30,60 €, el socioformativo no paga, y el plazo máximo de emisión es de un mes (ficha actualizada el 8 de octubre de 2026). El de esfuerzo de integración tiene su propia ficha en la sede de la Comunidad.

Cataluña

Un único trámite de la Generalitat (Departament de Drets Socials i Inclusió, Direcció General de Migracions i Refugi) sirve para el arraigo social, el socioformativo y las renovaciones. Se presenta en persona, preferentemente en el ayuntamiento donde estás empadronado. Es gratuito y debe emitirse en un máximo de 30 días hábiles. Según el SAIER de Barcelona, el informe catalán exige formación de catalán y castellano (mínimo 45 horas) y actividades de acogida, y tiene una validez de tres meses.

Andalucía

El de integración social lo emiten los ayuntamientos, según la tabla del Ministerio (sin verificar en la web de cada ciudad). El de esfuerzo de integración lo emite la Junta, en las Delegaciones Territoriales de Inclusión Social de cada provincia, conforme a la Orden de 16 de febrero de 2012. Hay que estar empadronado en Andalucía y haber hecho una acción formativa acreditada, que puede hacerse en línea a través de la red Guadalinfo.

Comunitat Valenciana

El de integración social es municipal. Ejemplo: en Alicante lo emite el Servicio de Inmigración del ayuntamiento, con cita previa y entrevista en las oficinas Pangea, donde valoran tu castellano, tus medios de vida y tu red social. Validez: tres meses desde la emisión. El de esfuerzo de integración lo emitiría la Generalitat con el certificado del programa "Escola d'Acollida" (sin verificar).

Región de Murcia

Integración social: ayuntamientos (hay formularios municipales, como el de Los Alcázares). Esfuerzo de integración: la Comunidad Autónoma, procedimiento 203 de la sede de la CARM, para personas empadronadas en la Región con autorización temporal que quieren renovarla.

Canarias

El Gobierno de Canarias tramita el trámite 3086 ("informe acreditativo del esfuerzo de integración"), que vale tanto para renovaciones como para el arraigo social y el socioformativo. Se presenta todo el año, en línea o en registro, sin tasas. Pide NIE o pasaporte, empadronamiento y el certificado del curso de valores constitucionales y derechos humanos. El antiguo trámite 3087 de "arraigo social" aparece fuera de plazo.

Illes Balears

La Direcció General d'Immigració i Cooperació al Desenvolupament de la CAIB emite el informe para el arraigo y otro para las renovaciones. Necesitas 40 horas de cursos (valores, castellano o catalán) impartidos por administraciones o entidades sin ánimo de lucro, y el padrón histórico de dos años en el caso del arraigo. Es gratuito y se resuelve en un mes.

País Vasco

El Gobierno Vasco (Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes) tiene un único "Informe de integración social" (procedimiento 0218402): obligatorio para el arraigo social sin familia y para el socioformativo, y opcional en renovaciones. Se pide en línea o en las oficinas Zuzenean, y lo sigues en Mi Carpeta.

Aragón

En Zaragoza, el informe de arraigo lo hace el ayuntamiento en la Casa de las Culturas. El de esfuerzo de integración lo emite el Gobierno de Aragón (Servicio de Inclusión Social e Inmigración). En otros municipios, pregunta en los servicios sociales (sin verificar).

Galicia, Castilla-La Mancha y Castilla y León

  • Galicia: integración social en el concello; el esfuerzo de integración lo regula una Orden de la Xunta de 10 de noviembre de 2015 (sin verificar su vigencia actual).
  • Castilla-La Mancha: el esfuerzo de integración lo emite la Dirección General de Acción Social y Cooperación; la Junta recuerda que no es un requisito exigible para renovar.
  • Castilla y León: se pide en la sede electrónica de la Junta y luego aportas el certificado de los cursos impartidos por Centros Integrales de Inmigración.

Antes de pedirlo

  • Empadrónate y saca el padrón histórico: es la base del informe.
  • Haz la formación que pide tu comunidad antes de solicitarlo; sin certificado, el informe puede salir desfavorable.
  • Si tus diplomas o certificados son extranjeros, quizá necesites traducción jurada. En PapeleoYa, un certificado de una página cuesta 29 € IVA incluido (39 € en idiomas menos habituales), con la apostilla traducida incluida.
  • Para la renovación, mira la guía de renovación del arraigo a 4 años y, si vienes de la regularización, la de renovación tras la regularización extraordinaria.

PapeleoYa no es un despacho de abogados: esta página es información general. Las webs autonómicas cambian a menudo; comprueba siempre la ficha oficial antes de presentar.

Fuentes

  1. BOE: Reglamento de extranjería, RD 1155/2024, art. 127.c (redacción del RD 316/2026)
  2. Secretaría de Estado de Migraciones: Instrucción SEM 4/2025 sobre el informe de integración social
  3. Ministerio de Inclusión: informes de comunidades autónomas y entidades locales
  4. Comunidad de Madrid: informe de arraigo (sede electrónica)
  5. Generalitat de Catalunya: informe de integración social
  6. Govern de les Illes Balears: informe d’esforç d’integració per a l’arrelament
  7. Gobierno Vasco: informe de integración social
  8. Gobierno de Canarias: informe acreditativo del esfuerzo de integración (trámite 3086)
  9. Ajuntament de Barcelona (SAIER): preguntas frecuentes sobre arraigo, junio de 2025
  10. Ayuntamiento de Alicante: informe de arraigo social
  11. BOME: Orden 1609/2026 de Melilla sobre informes de integración

Revisado el 24 de octubre de 2026, actualizado con RD 316/2026 y STS 868/2026.

PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el informe de integración social para el arraigo?

La comunidad autónoma de tu domicilio o, si la comunidad lo ha delegado, tu ayuntamiento. Madrid, Cataluña, Canarias, Illes Balears y el País Vasco lo emiten a nivel autonómico. En la mayoría de las demás lo hacen los servicios sociales municipales.

¿Cuánto tiempo es válido el informe de integración?

La Instrucción SEM 4/2025 dice seis meses desde su emisión. Algunas webs oficiales locales, como la del Ayuntamiento de Alicante o la guía del SAIER de Barcelona, siguen hablando de tres meses. Para ir sobre seguro, presenta el arraigo dentro de los tres meses siguientes.

¿Qué hago si no me dan el informe en un mes?

El Reglamento permite acreditar la integración por cualquier medio de prueba si el informe no se emite en plazo. Tienes que demostrar que lo pediste, así que conserva el justificante de la solicitud. Aporta el padrón histórico, los cursos, los medios de vida y cualquier prueba de tu arraigo.

¿El informe de esfuerzo de integración es obligatorio para renovar?

No. Es opcional, pero la oficina de extranjería debe valorarlo, sobre todo si no cumples alguno de los requisitos de la renovación. Lo emite la comunidad autónoma de tu residencia y certifica la formación en valores, derechos y lenguas oficiales.

¿Cuesta dinero el informe de integración?

La Instrucción SEM 4/2025 dice que su tramitación es gratuita, y lo es en Cataluña, Canarias e Illes Balears. La Comunidad de Madrid, sin embargo, indica una tasa de 30,60 € para el informe de arraigo social; el socioformativo no paga.

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