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Tarjeta azul-UE en España: salario mínimo, título y quién la concede

Tarjeta azul-UE en 2026: umbral de 41.356,36 € brutos al año o 33.085,09 € reducido, título o experiencia, contrato de seis meses, tramitación y plazo de 20 días.

Redacción PapeleoYaActualizado el 6 min de lectura

En resumen

Es una autorización para empleos de alta cualificación regulada en la Ley 14/2013, no en el Reglamento de Extranjería. Necesitas un título superior de al menos tres años o experiencia equiparable, un contrato u oferta firme de seis meses o más y un salario de al menos 41.356,36 € brutos al año (33.085,09 € en el supuesto reducido). La tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, con un plazo máximo de 20 días.

En esta página

Qué norma se aplica

El preámbulo del Reglamento de Extranjería aclara que la Tarjeta azul-UE se regula en la Ley 14/2013. Sus artículos 71 y 71 bis se reformaron con la Ley 11/2023, que transpuso parte de la Directiva (UE) 2021/1883. El artículo 38 ter de la Ley Orgánica 4/2000, que regulaba antes esta figura, está derogado.

La cifra del salario llegó después, con la Orden PJC/44/2026, en vigor desde enero de 2026. La Hoja 66 todavía dice que completará esa información cuando se publique la norma, así que no busques ahí el umbral.

El salario mínimo en 2026

La orden fija el umbral en 1,4 veces la ganancia media anual bruta por trabajador de la Encuesta de Estructura Salarial del INE. Con el dato de 29.540,26 €, publicado el 28 de mayo de 2026, la nota de la Unidad de Grandes Empresas da estas cifras:

UmbralSalario bruto anualCuándo se aplica
General41.356,36 €Regla por defecto
Reducido (× 0,8)33.085,09 €Cualificación obtenida como máximo 3 años antes de solicitar
Reducido (× 0,8)33.085,09 €Ocupación de los grupos 1 o 2 de la CNO-2011 incluida en el catálogo

El salario debe figurar en el contrato, que también debe ajustarse a la ley y al convenio aplicable. Cuando el INE publica una encuesta nueva, el umbral cambia para las solicitudes presentadas desde un mes después (art. 3 de la orden). Antes de firmar un contrato ajustado a la cifra, comprueba la web de la Unidad de Grandes Empresas.

Ojo con el segundo supuesto reducido: en el catálogo del 3.º trimestre de 2026 ningún código de ocupación empieza por 1 o 2. Hoy, en la práctica, el reducido depende de que tu cualificación sea reciente.

Ejemplo · Comprueba tu caso

Terminaste un grado de cuatro años hace dos y te ofrecen 35.000 € brutos anuales. Superas los 33.085,09 €, así que entras por el umbral reducido. Con el mismo salario y un título de hace seis años no llegarías, y tendrías que negociar hasta los 41.356,36 €.

Qué título o experiencia necesitas

Según el artículo 71.2.a, debes acreditar una de estas opciones:

  • Formación superior de al menos tres años, de nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones (Nivel 2 del MECES).
  • Al menos cinco años de experiencia equiparable y pertinente para la profesión o el sector.
  • En tecnologías de la información y las comunicaciones, tres años de experiencia dentro de los siete anteriores a la solicitud, para profesionales y directores.

Si la profesión está regulada, necesitas además la homologación (art. 71 bis.1.a).

Otros requisitos y documentos

Por el artículo 62 de la ley y la Hoja 66:

  • Contrato válido u oferta firme de alta cualificación de seis meses o más, con actividad continuada.
  • No estar en situación irregular y ser mayor de 18 años.
  • No tener antecedentes en España ni en los países de residencia de los últimos dos años, con declaración responsable sobre los últimos cinco.
  • Seguro de enfermedad, salvo que el trabajo te dé condición de asegurado en el sistema público.
  • Recursos suficientes, que pueden justificarse con el contrato.
  • Modelo MI-T, pasaporte completo, documentación de la empresa y tasa 790-038, epígrafe 7.1.

El título debe ir legalizado o apostillado, y los documentos extranjeros, con traducción jurada si no están en español. Revisa cómo funciona la traducción jurada del título universitario.

Quién tramita y quién decide

No pasa por la oficina de extranjería de tu provincia. Según el artículo 76.1:

  1. Presenta la solicitud la empresa o el propio profesional (art. 71.1), por vía electrónica.
  2. La tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
  3. La concesión corresponde a la Dirección General de Migraciones, en la denominación de la ley.
  4. El plazo máximo es de 20 días. Si no contestan, la autorización se entiende estimada por silencio, al revés que en las autorizaciones iniciales de la oficina de extranjería.
  5. Contra la resolución cabe recurso de alzada.

Si estás fuera de España, tras la concesión pides el visado sin requisitos adicionales. La ley fija diez días hábiles para resolverlo (art. 75.5). La Hoja 66 añade un mes para solicitarlo y otro para recogerlo, y pide antecedentes de cinco años para esta fase. Después llega el alta, en los tres meses siguientes a la entrada, y la TIE, en el mes siguiente al alta.

Si la solicitud se presenta estando en España, prorroga tu estancia o residencia hasta que se resuelva (art. 76.1).

Duración, paro y qué viene después

CuestiónRegla
Vigencia3 años, o contrato más 3 meses si es más corto (art. 71.3)
Renovación2 años, en los 60 días anteriores al fin (art. 71.3)
ParoRetirada o no renovación con más de 3 meses en paro si llevas menos de 2 años, o 6 si llevas 2 o más; antes hay plazo para buscar empleo (art. 71 bis.3)
FamiliaCónyuge o pareja, hijos y ascendientes a cargo pueden pedirla con el titular o después (art. 62.4)
Otro país de la UEHasta 90 días en 180 sin otra autorización. Con 12 meses de residencia allí, o 6 si fue en más de un país, puedes pedirla en España (art. 71 bis.4)

A los cinco años puedes optar a la residencia de larga duración. Quien llega con tarjeta azul de otro Estado tiene reglas propias en el artículo 176 del reglamento.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo de la Tarjeta azul en España?

Son 41.356,36 € brutos al año, o 33.085,09 € en el supuesto reducido, según la nota de junio de 2026 de la Unidad de Grandes Empresas. La cifra cambia cuando el INE publica una nueva encuesta.

¿Se puede conseguir sin título universitario?

Sí, con al menos cinco años de experiencia equiparable y pertinente, o tres años dentro de los últimos siete si eres profesional o director de tecnologías de la información y las comunicaciones.

¿Qué diferencia hay con la autorización nacional de altamente cualificado?

La nacional pide titulación de nivel 1 del MECES o tres años de experiencia (art. 71.2.b). Según la nota de la Unidad de Grandes Empresas tiene un umbral único de 41.356,36 €, sin reducción.

¿Hace falta superar la situación nacional de empleo?

La Hoja 66 y el artículo 71 bis no la incluyen entre los requisitos, y el artículo 40.2.b de la Ley Orgánica 4/2000 excluye a los profesionales altamente cualificados en los términos que se determinen.

¿Qué pasa si pierdo el trabajo?

La tarjeta puede retirarse o no renovarse si superas tres meses de paro con menos de dos años de titularidad, o seis con dos años o más. Antes te conceden tres o seis meses para buscar empleo.

Fuentes

  1. BOE: Ley 14/2013, texto consolidado (arts. 61, 62, 71, 71 bis, 75, 76)
  2. BOE: Orden PJC/44/2026, umbral salarial de la Tarjeta azul-UE
  3. Unidad de Grandes Empresas: actualización del umbral salarial (junio de 2026)
  4. Ministerio de Inclusión: Hoja 66, profesionales altamente cualificados
  5. BOE: Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024 (preámbulo y art. 176)
  6. BOE: Ley Orgánica 4/2000 (arts. 38 ter y 40)

Fuentes consultadas el 31 de octubre de 2026. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

PapeleoYa no es un despacho de abogados; la información no sustituye asesoramiento profesional. Las traducciones juradas las realizan y firman traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los requisitos y tasas pueden cambiar: comprueba siempre la sede electrónica oficial. Condiciones.

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